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Derecho público chileno

NormaLey N° 21.60053 de 167
Norma
Ley N° 21.600
Título
Crea el servicio de biodiversidad y áreas protegidas y el sistema nacional de áreas protegidas
Cita
Ley N° 21.600, artículo 53

Texto del artículo

Artículo 53.- Sistema Nacional de Áreas Protegidas. Créase el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, en adelante "el Sistema", constituido por el conjunto de áreas protegidas, del Estado y privadas, terrestres y acuáticas, marinas, continentales e insulares. El Servicio gestionará el Sistema de manera eficaz, integral y equitativa, bajo diversas categorías de protección, considerando mecanismos de participación ciudadana, así como estrategias e instrumentos de gestión y de financiamiento, para contribuir al cumplimiento de los objetivos de conservación de la biodiversidad y del patrimonio natural y cultural del país vinculado a ésta.