Ir al contenido
BuscadorConstitucional

Derecho público chileno

NormaLey N° 21.45560 de 60
Norma
Ley N° 21.455
Título
Ley marco de cambio climático
Cita
Ley N° 21.455, artículo tercero

Texto del artículo

Artículo tercero.- Los reglamentos establecidos en la presente ley se dictarán en el plazo de un año contado desde la publicación de la misma. Dichos reglamentos podrán ser agrupados en uno o más cuerpos reglamentarios, siempre que sean dictados por el mismo ministerio, regulando materias afines o relacionadas entre sí. Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso anterior, aquellos órganos y sistemas de información que estuvieren en funcionamiento al momento de la publicación de esta ley continuarán funcionando de acuerdo a sus reglas, hasta la dictación de los reglamentos correspondientes.