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Derecho público chileno

NormaLey N° 21.04059 de 165
Norma
Ley N° 21.040
Título
Crea el sistema de educación pública
Cita
Ley N° 21.040, artículo 53

Texto del artículo

Artículo 53.- Responsabilidad de los integrantes del Consejo. Para todos los efectos legales, los integrantes del Consejo ejercerán función pública y estarán sujetos a las normas de probidad administrativa establecidas en el Título III del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.