- Norma
- Ley N° 20.920
- Título
- Establece marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje
- Cita
- Ley N° 20.920, artículo 7
Texto del artículo
Artículo 7º.- Los gestores de residuos peligrosos que determine el Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos deberán contar con un seguro por daños a terceros y al medio ambiente.