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Derecho público chileno

NormaLey N° 20.73017 de 27
Norma
Ley N° 20.730
Título
Regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios
Cita
Ley N° 20.730, artículo 17

Texto del artículo

Artículo 17.- Los alcaldes, concejales, directores de obras municipales y secretarios municipales que incurran en alguna de las infracciones establecidas en los artículos 15 y 16 serán sancionados por la Contraloría General de la República conforme a lo dispuesto en dichas normas. Una vez ejecutoriada la sanción que se aplique, se notificará por el organismo competente al concejo municipal en la sesión más próxima que celebre. Asimismo, dicha sanción se deberá incluir en la cuenta pública a que hace referencia el artículo 67 de la ley Nº 18.695 e incorporarse en el extracto de la misma, que debe ser difundida a la comunidad.