Ir al contenido
BuscadorConstitucional

Derecho público chileno

NormaLey N° 20.60043 de 55
Norma
Ley N° 20.600
Título
Crea los tribunales ambientales
Cita
Ley N° 20.600, artículo 43

Texto del artículo

Artículo 43.- Medidas para mejor resolver. El Tribunal podrá, de oficio y sólo dentro del plazo que tiene para dictar sentencia, decretar medidas para mejor resolver. La resolución que las ordene deberá ser notificada a las partes. Estas medidas deberán cumplirse dentro del plazo de quince días, contado desde la fecha de la notificación de la resolución que las disponga. Vencido este término las medidas no cumplidas se tendrán por no decretadas.