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Derecho público chileno

NormaLey N° 20.41765 de 74
Norma
Ley N° 20.417
Título
Crea el ministerio, el servicio de evaluación ambiental y la superintendencia del medio ambiente
Cita
Ley N° 20.417, artículo cuarto

Texto del artículo

Artículo cuarto.- Modifícase el artículo 31º de la ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales, en el siguiente sentido: a) Sustitúyese, en el inciso segundo, la frase "Consejo de Monumentos Nacionales", por "Ministerio del Medio Ambiente". b) Reemplázase, en el inciso tercero y cuarto, la palabra "Consejo" por "Servicio" las dos veces que aparece. c) Agrégase el siguiente inciso quinto, ordenándose los siguientes correlativamente: "La declaración de santuario de la naturaleza deberá contar siempre con informe previo del Consejo de Monumentos Nacionales.". d) Sustitúyese, en el inciso quinto, que ha pasado a ser sexto, la frase "Ministerio de Agricultura" por "Ministerio del Medio Ambiente".