- Norma
- Ley N° 20.283
- Título
- Ley sobre recuperación del bosque nativo y fomento forestal
- Cita
- Ley N° 20.283, artículo 62
Texto del artículo
Artículo 62.- En todas aquellas materias que no se encuentren expresamente reguladas en esta ley, se aplicarán supletoriamente las disposiciones de la ley Nº 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.