- Norma
- Ley N° 20.283
- Título
- Ley sobre recuperación del bosque nativo y fomento forestal
- Cita
- Ley N° 20.283, artículo 36
Texto del artículo
Artículo 36.- La Ley de Presupuestos contemplará recursos destinados a pagar las bonificaciones a las que se refiere esta ley. El pago de éstas será efectuado por la Tesorería General de la República.