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Derecho público chileno

NormaLey N° 20.28336 de 65
Norma
Ley N° 20.283
Título
Ley sobre recuperación del bosque nativo y fomento forestal
Cita
Ley N° 20.283, artículo 36

Texto del artículo

Artículo 36.- La Ley de Presupuestos contemplará recursos destinados a pagar las bonificaciones a las que se refiere esta ley. El pago de éstas será efectuado por la Tesorería General de la República.