Artículo 6 (del art. vigesimosexto)
- Norma
- Ley N° 19.882
- Título
- Regula nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica
- Cita
- Ley N° 19.882, artículo 6 (del art. vigesimosexto)
Texto del artículo
Artículo 6°.- Los organismos de la administración civil del Estado estarán obligados a proporcionar a la Dirección Nacional la información relacionada con la implementación de las políticas de personal que ésta les solicite.