- Norma
- Ley N° 19.070
- Título
- Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 19.070 que aprobo el estatuto de los profesionales de la educacion, y de las leyes que la complementan y modifican
- Cita
- Ley N° 19.070, artículo 46
Texto del artículo
Artículo 46: Los establecimientos educacionales del sector Ley Nº19.070 municipal dictarán reglamentos internos, los que deberán Art.41 considerar a lo menos: a) Normas generales de índole técnico- pedagógicas, incluyendo las relativas al Consejo de Profesores; b) Normas técnico-administrativas sobre estructura y funcionamiento general del establecimiento, y c) Normas de prevención de riesgos, de higiene y de seguridad. Este Reglamento deberá ser ampliamente difundido en la comunidad escolar y se actualizará al menos una vez al año.