Ir al contenido
BuscadorConstitucional

Derecho público chileno

NormaLey N° 18.88313 de 165
Norma
Ley N° 18.883
Título
Aprueba estatuto administrativo para funcionarios municipales
Cita
Ley N° 18.883, artículo 13

Texto del artículo

Artículo 13.- La provisión de los cargos municipales se efectuará por el alcalde mediante nombramiento o ascenso. Cuando no sea posible aplicar el ascenso en los cargos de planta, procederá aplicar las normas sobre nombramiento.