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Derecho público chileno

NormaLey N° 18.83463 de 168
Norma
Ley N° 18.834
Título
Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre estatuto administrativo
Cita
Ley N° 18.834, artículo 63

Texto del artículo

Artículo 63.- En la situación contemplada en la letra Ley 18.834, m) del artículo 61 si los cargos fueren de tal naturaleza Art. 57. que se comprometiere el prestigio de la institución, el superior jerárquico deberá ordenar al inculpado que publique sus descargos en el mismo órgano de comunicación en que aquellos se formularon, haciendo uso del derecho de rectificación y respuesta que confiere la ley respectiva.