- Norma
- Ley N° 18.575
- Título
- Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, organica constitucional de bases generales de la administracion del estado
- Cita
- Ley N° 18.575, artículo 35
Texto del artículo
Artículo 35.- El Presidente de la República podrá Ley 18.575 delegar en forma genérica o específica la representación Art. 32º del Fisco en los jefes superiores de los servicios D.O. 05.12.1986 centralizados, para la ejecución de los actos y celebración de los contratos necesarios para el cumplimiento de los fines propios del respectivo servicio. A proposición del jefe superior, el Presidente de la República podrá delegar esa representación en otros funcionarios del servicio.