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Derecho público chileno

NormaLey N° 10.33689 de 172
Norma
Ley N° 10.336
Título
Ley de organizacion y atribuciones de la contraloria general de la republica
Cita
Ley N° 10.336, artículo 89

Texto del artículo

Artículo 89. La persona autorizada para girar o invertir los fondos será responsable de la oportuna rendición de las cuentas y de los reparos u observaciones que éstas merezcan. Se exceptúan de esta regla los alcaldes municipales, en cuyo caso son responsables los Tesoreros Comunales.