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Derecho público chileno

NormaDecreto Ley N° 7994 de 12
Norma
Decreto Ley N° 799
Título
Deroga ley N° 17.054 y dicta en su reemplazo disposiciones que regulan uso y circulacion de vehiculos estatales
Cita
Decreto Ley N° 799, artículo 4

Texto del artículo

Artículo 4°.- Los vehículos indicados en el inciso segundo del artículo 1° de este decreto ley, deberán poseer un distintivo especial, lo que consistirá en un sello indeleble, de forma circular, de 15 centímetros de diámetro, en colores azul y blanco, insertándose en su interior las palabras "VEHICULO USO ESTATAL" y en el centro un escudo de color azul fuerte. Este sello deberá ser adherido en la parte inferior derecha del parabrisas.