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Derecho público chileno

NormaDecreto Ley N° 126316 de 78
Norma
Decreto Ley N° 1263
Título
Decreto ley organico de administracion financiera del estado
Cita
Decreto Ley N° 1263, artículo 16

Texto del artículo

Artículo 16°- Las clasificaciones presupuestarias que se establezcan deberán proporcionar información para la toma de decisiones, como también permitir vincular el proceso presupuestario con la planificación del Sector Público. Además, las clasificaciones utilizadas deben posibilitar el control de la eficiencia con que se manejan los recursos públicos a nivel nacional, regional y local. Por decreto supremo se determinarán las clasificaciones del presupuesto. Cuando exista duda acerca de la imputación precisa que deba darse a un ingreso o gasto determinado resolverá en definitiva la Dirección de Presupuestos.