Artículo 299 quáter
- Norma
- Código de Aguas
- Título
- Fija texto del codigo de aguas
- Cita
- Código de Aguas, artículo 299 quáter
Texto del artículo
ARTÍCULO 299 quáter.- La Dirección General de Aguas deberá publicar periódicamente la información que recabe en el ejercicio de sus funciones, de manera de facilitar el acceso a ésta y su comprensión.