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Derecho público chileno

NormaCódigo de Aguas270 de 376
Norma
Código de Aguas
Título
Fija texto del codigo de aguas
Cita
Código de Aguas, artículo 218

Texto del artículo

ARTICULO 218°- Los negocios que interesen o afecten a la comunidad se resolverán en juntas generales las que serán ordinarias o extraordinarias. A falta de disposición especial en los estatutos, las juntas generales ordinarias se celebrarán el primer Sábado hábil del mes de Abril de cada año, a las catorce horas, en el lugar que determine el directorio o administradores, según el caso. Las juntas generales extraordinarias tendrán lugar en cualquier tiempo.