Ascenso a suboficial mayor de exfuncionario de la Armada sin pase de la Junta de Apelaciones
- Fecha
- 16 de diciembre de 2015
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Descriptores
- Estatuto de las Fuerzas Armadas, ascensos
- Cita
- Dictamen N° 99.459 de 2015
Resumen
Se ratifica que no tuvo derecho a ser promovido, pues la Junta de Apelaciones rechazó su reclamación; un error de transcripción en su hoja de vida la mostraba como acogida.
Sumario de la Contraloría
Exfuncionario de la Armada que no obtuvo el pase de la Junta de Apelaciones del personal de gente de mar, no tuvo derecho a ser promovido a suboficial mayor
Relaciones
Este documento se refiere a
- Confirma Dictamen N° 34.091 de 2014
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 99.459 Fecha:16-XII-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, exfuncionario de la Armada, solicitando la reconsideración parcial del dictamen N° 34.091, de 2014, de este origen, con el objeto de que se le reconozca su derecho a ser ascendido a suboficial mayor, a contar del año 2010, por cuanto la Junta de Apelaciones del Personal de Gente de Mar, le habría otorgado el pase para dicha promoción.
Como cuestión previa, cabe recordar que esta entidad fiscalizadora, mediante ese pronunciamiento, expresó, en lo pertinente, que la posibilidad de alcanzar por la vía del ascenso el nivel jerárquico superior, es una mera expectativa que solo se concreta cuando la autoridad dicta el correspondiente acto administrativo; promoción que, en todo caso, no puede materializarse con posterioridad a la desvinculación.
Ahora bien, ese organismo castrense manifestó, en su informe, que la impugnación deducida en su oportunidad por el recurrente, con la finalidad de que se le concediera el pase para el ascenso, fue rechazada por el indicado cuerpo colegiado, añadiendo que por un error de transcripción en la hoja de vida de aquel, aparece dicho recurso como acogido.
En este sentido, se debe anotar que en la documentación proporcionada por la Armada -copia de la resolución N° 15.509, de 6 de septiembre de 2010, de la mencionada junta-, se advierte que la reclamación a que se refiere el señor nombre reservado, fue rechazada.
Por consiguiente, en atención a que la situación planteada ya fue analizada por esta Contraloría General, sin que los antecedentes acompañados por el afectado posibiliten modificar el citado dictamen N° 34.091, de 2014, se ratifica ese pronunciamiento.
Transcríbase a la Armada y a la Contraloría Regional del Biobío.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República Subrogante