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Derecho público chileno

DictamenN° 99.294 de 201422 dic 2014

Prórroga de designación a contrata en la Fuerza Aérea y competencia de la autoridad

Fecha
22 de diciembre de 2014
Materia
Contratación de personal (contrata, honorarios, planta)
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
DFL 1/97 defen art/254 lt/b
Descriptores
Personal a contrata
Cita
Dictamen N° 99.294 de 2014

Resumen

Se ratifica que la no prórroga se ajustó a derecho, pues el contrato expira por el vencimiento del plazo y compete a la autoridad decidir la prórroga, sin que Contraloría pondere sus razones.

Sumario de la Contraloría

Corresponde a la autoridad pertinente de la Fuerza Aérea, decidir sobre la prórroga de una designación a contrata

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 99.294 Fecha: 22-XII-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora nombre reservado, exfuncionaria de la Fuerza Aérea, para solicitar la reconsideración del dictamen N° 49.422, de 2014, de esta procedencia, mediante el cual se concluyó que la decisión de esa institución castrense, en orden a no prorrogar su designación a contrata para el año 2014, se ajustó a derecho.

Sobre el particular, cabe reiterar que el artículo 254, letra b), del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, establece que esos empleados expiran en sus labores por el vencimiento del plazo fijado para su duración, lo que se produjo en la situación que nos ocupa.

Al respecto, es útil destacar que la jurisprudencia administrativa contenida en los dictámenes N os 71.093, de 2011 y 79.668, de 2013, de este origen, precisó que compete a la autoridad determinar la procedencia de la prórroga de una designación en aquella calidad, sin que a este Organismo de Control le corresponda ponderar las razones que la superioridad tuvo para resolver, en uso de sus facultades, la no continuidad de la misma.

En consecuencia, dado que la situación planteada por la interesada ya fue analizada por esta Contraloría General, sin que acompañe nuevos antecedentes que permitan modificar el citado dictamen N° 49.422, de 2014, se ratifica ese pronunciamiento.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República