Competencia para pronunciarse sobre pensión de la ex Caja de Previsión de Empleados Particulares
- Fecha
- 17 de diciembre de 2014
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 20255 art/47, ley 20255 art/48
- Descriptores
- otorgamiento pensión por vejez, CAPREMPART, organismo competente
- Cita
- Dictamen N° 97.764 de 2014
Resumen
Se abstiene de emitir pronunciamiento y remite los antecedentes a la Superintendencia de Pensiones, por carecer de atribuciones sobre prestaciones de trabajadores del sector privado sin concurrencia del Fisco.
Sumario de la Contraloría
Corresponde a la Superintendencia de Pensiones pronunciarse sobre la concesión de una pensión en el régimen de la ex Caja de Previsión de Empleados Particulares
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 11.889 de 2015
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 58.139 de 2014
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 97.764 Fecha: 17-XII-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, quien solicita que se le otorgue una pensión por vejez en el régimen de la antigua Caja de Previsión de Empleados Particulares.
Al respecto, es dable informar que el organismo competente para conocer y resolver esta materia es la Superintendencia de Pensiones, de acuerdo con lo establecido en los artículos 47 y 48 de la ley N° 20.255, por cuanto esta Contraloría General no interviene en el otorgamiento de prestaciones relacionadas con los trabajadores del sector privado, salvo que exista concurrencia del Fisco, tal como lo indica la jurisprudencia de este origen contenida, entre otros, en el dictamen N° 58.139, de 2014, lo que no sucede en la especie.
Siendo ello así, este Órgano de Control se abstiene de emitir el pronunciamiento requerido, por cuanto carece de atribuciones sobre el asunto, remitiendo los antecedentes del recurrente a la aludida superintendencia para los fines que estime pertinentes.
Transcríbase al interesado.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República