Se abstiene de emitir el pronunciamiento solicitado por la razón que indica
- Fecha
- 11 de enero de 2018
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- Ley 10336 art/6 inc/3
- Descriptores
- facultades cgr, abstenciones, sentencia judicial
- Cita
- Dictamen N° 921 de 2018
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 73.203 de 2014
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 921 Fecha: 11-I-2018 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora nombre reservado, exonerada política, solicitando que se aclare si procede que la Caja de Previsión de la Defensa Nacional le exija el pago de la deuda que indica.
Al respecto, cumple con señalar que de los antecedentes aportados por la recurrente, aparece que dicho asunto fue resuelto por el 19° Juzgado Civil de Santiago, mediante su sentencia de fecha 17 de septiembre de 2015, recaída en la causa Rol N° 13.689-2011, la cual, en atención a las consideraciones que expuso, acogió la demanda deducida por la anotada entidad previsional en contra de la interesada.
En este sentido, cumple con señalar que a este Organismo de Control, con arreglo a lo establecido en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, no le corresponde informar ni intervenir en asuntos sometidos al conocimiento de los tribunales de justicia, impedimento que, según se precisó en el dictamen N° 73.203, de 2014, de esta procedencia, entre otros, se extiende a los casos en que la sentencia judicial ha resuelto el problema jurídico planteado, como aconteció en la especie.
Saluda atentamente a Ud.
Por orden del Contralor General de la República nombre reservado
Jefe de Departamento de Previsión Social y Personal