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Derecho público chileno

DictamenN° 92.014 de 201519 nov 2015

Título profesional de ingeniero de ejecución en computación e informática del Instituto Profesional Campus, permite postular a los cargos profesionales de la…

Fecha
19 de noviembre de 2015
Materia
Probidad, transparencia e inhabilidades
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
dfl 75/90 relac art/uni
Descriptores
requisitos ingreso, títulos y diplomas
Cita
Dictamen N° 92.014 de 2015

Sumario

Título profesional de ingeniero de ejecución en computación e informática del Instituto Profesional Campus, permite postular a los cargos profesionales de la subsecretaría de relaciones exteriores, ubicados en los grados 10 y superiores

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 92.014 Fecha:19-XI-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora nombre reservado, Presidenta de la Asociación de Profesionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, en representación del señor nombre reservado, funcionario de la Subsecretaría de Relaciones Exteriores, consultando si su diploma de Ingeniero de Ejecución en Computación e Informática, otorgado por el Instituto Profesional Campus, le permite postular a cargos del estamento profesional de ese servicio, ubicados en los grados 10 y superiores.

Lo anterior, toda vez que, según le habría comunicado su empleador, dicho diploma no resultaría útil para tales efectos, por cuanto su plan de estudios tendría una duración inferior a la exigida por la ley para ejercer esos puestos.

Al respecto, la Subsecretaría de Educación manifestó, en síntesis, que de acuerdo a sus registros, la carrera conducente al diploma del interesado se extendió por nueve semestres, mientras que la Subsecretaría de Relaciones Exteriores señaló que, en su concepto, el mencionado título permite postular a las plazas de que se trata.

Sobre el particular, es útil recordar que el artículo único del decreto con fuerza de ley N° 75, de 1990, del Ministerio de Relaciones Exteriores -que adecua plantas y escalafones de la Secretaría y Administración General de la aludida Cartera de Estado- exige para optar a los anotados empleos, en lo que interesa, acreditar la posesión de un título profesional proveniente de una carrera universitaria con currículum de a lo menos nueve semestres de duración.

Por su parte, cabe destacar que según se expresó en el dictamen N° 55.542, de 2003, de este origen, la certificación en comento reviste la calidad de título profesional, debiendo agregarse que, tal como se precisó en el dictamen N° 56.907, de 2015, de esta procedencia, los diplomas profesionales conferidos por institutos profesionales reúnen los requisitos propios de los títulos profesionales universitarios, por lo que no corresponde hacer distinciones entre los otorgados por uno u otro establecimiento de enseñanza.

De esta manera, considerando que según lo señalado por la Subsecretaría de Educación, la carrera conducente al diploma del recurrente se extendió por nueve semestres, cabe concluir que aquel lo habilita para postular a las plazas de que se trata.

Transcríbase a las Subsecretarías de Relaciones Exteriores y de Educación.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante