Promoción solo favorece a empleados de la Fuerza Aérea mientras estén en servicio
- Fecha
- 21 de noviembre de 2014
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Descriptores
- Fach, promoción, empleados desvinculados del servicio
- Cita
- Dictamen N° 91.020 de 2014
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 34.091 de 2014
- Aplica Dictamen N° 69.520 de 2013
- Aplica Dictamen N° 68.835 de 2011
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 91.020 Fecha: 21-XI-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Comandante de Comando de Personal de la Fuerza Aérea, solicitando que se autorice, de manera excepcional, el ascenso de la exfuncionaria señora nombre reservado.
Al respecto, cabe indicar que este Órgano de Control, en sus dictámenes N os 68.835, de 2011 y 34.091, de 2014, informó que la posibilidad de alcanzar por la vía de la promoción el nivel jerárquico superior es una mera expectativa que sólo se concreta en el momento en que la autoridad emite el acto administrativo correspondiente.
Ahora bien, dado que se dispuso el retiro de la afectada con fecha 2 de enero de 2014, sin que se hubiese efectuado el ascenso que se pretende, es dable expresar que éste constituyó para ella una mera expectativa, que de acuerdo con lo sostenido en el dictamen N o 69.520, de 2013, de este origen, entre otros, no puede materializarse con posterioridad a la desvinculación, toda vez que la promoción, como medio de provisión de empleos públicos, únicamente favorece a quienes poseen la calidad de funcionarios a la época en que ella se ordena.
En consecuencia, la señora nombre reservado no tiene derecho a ser ascendida actualmente.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República