Cursa con alcance la resolución N° 298, de 2016, de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud
- Fecha
- 9 de diciembre de 2016
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- dto 250/2004 HACIE art/71
- Descriptores
- facultades cgr, toma de razón, contratos administrativos, garantías
- Cita
- Dictamen N° 88.692 de 2016
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 12.145 de 2016
- Aplica Dictamen N° 34.189 de 2015
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 88.692 Fecha: 9-XII-2016 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución singularizada en el epígrafe, que aprueba la renovación de contrato que se indica, por cuanto se ajusta a derecho.
No obstante, cumple con manifestar que, de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que las garantías de fiel y oportuno cumplimiento de ese contrato, aludidas en la cláusula duodécima del mismo, fueron otorgadas con posterioridad a la fecha de suscripción de dicho acuerdo de voluntades.
Al respecto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 71 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, es necesario que en lo sucesivo esa entidad requiera esa caución a más tardar en la fecha de firma del convenio (aplica criterio contenido en los dictámenes N°s. 34.189, de 2015, y 12.145, de 2016).
En lo formal, se hace presente que en la transcripción del contrato de la especie, que se realiza en el acto administrativo en estudio, se aprecia una repetición de sus cláusulas, ya que se incorporan dos veces tanto las dos últimas líneas de la cláusula décimo cuarta como las cláusulas décimo quinta y décimo sexta.
Además, que en los vistos y en el resuelvo N° 3 se especifican de manera errónea los pedidos de compra, siendo estos los N°s. 4500014618 y 4500014622, y no los que aparecen ahí, y que la fecha final de entrega del primero de esos pedidos es el 1 de diciembre de 2017 y no la que se menciona en el resuelvo citado.
Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución de la suma.
Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralora General de la República Subrogante