Reclamo por ubicación en escalafón de mérito y antigüedad municipal
- Fecha
- 11 de noviembre de 2014
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 18883 art/50 inc/3, ley 18883 art/156 inc/1
- Descriptores
- mun, escalafón de mérito y antiguedad, plazo de reclamación
- Cita
- Dictamen N° 87.720 de 2014
Resumen
Se rechaza por extemporáneo el reclamo, pues se presentó transcurrido el plazo de diez días hábiles desde que el escalafón quedó a disposición de los funcionarios, adquiriendo carácter de inamovible.
Sumario de la Contraloría
Rechaza por extemporáneo, reclamo sobre ubicación en escalafón de mérito y antigüedad de 2014, de la Municipalidad de La Cisterna
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 8.897 de 2014
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 87.720 Fecha: 11-XI-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, funcionario de la Municipalidad de La Cisterna, reclamando de su ubicación en el escalafón correspondiente al año 2013, toda vez que se habría computado erróneamente su antigüedad en la plaza que ocupa en dicha entidad edilicia.
Sobre el particular, cumple con señalar que de acuerdo al inciso tercero del artículo 50 de la ley N° 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, los servidores tendrán derecho a reclamar de su ubicación en el escalafón con arreglo al inciso primero del artículo 156 del referido texto legal, vale decir, dentro del plazo de diez días hábiles, contado desde la fecha en que tal instrumento esté a disposición de los empleados a fin de ser consultado, de modo que, una vez transcurrido dicho término sin que se haya hecho uso de esa prerrogativa, aquel adquiere el carácter de inamovible, tal como lo ha manifestado la jurisprudencia de esta Contraloría General contenida, entre otros, en el dictamen N° 8.897, de 2014.
Ahora bien, de la documentación tenida a la vista, particularmente del certificado emitido por el Secretario Municipal de la Municipalidad de La Cisterna, así como de lo informado por el departamento de recursos humanos de dicha entidad edilicia, aparece que el escalafón de mérito y antigüedad correspondiente al año 2013, fue puesto en conocimiento de los funcionarios a contar del 14 de octubre de 2014.
En consecuencia, el reclamo formulado por el señor nombre reservado ante esta Contraloría General el día 29 de octubre del presente año resulta extemporáneo.
Transcríbase a la Municipalidad de La Cisterna.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República Subrogante