Cursa con alcance la resolución N° 12, de 2017, del Hospital Militar de Santiago
- Fecha
- 13 de marzo de 2017
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- res 1600/2008 CONTR art/9 num/9/5
- Descriptores
- facultades cgr, toma de razón, adjudicación contrato, modificación bases
- Cita
- Dictamen N° 8.536 de 2017
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 53.989 de 2011
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 8.536 Fecha: 13-III-2017 Esta Contraloría General ha dado curso al acto administrativo singularizado en el epígrafe, que aprueba la adjudicación del servicio de alimentación para el Hospital Militar de Santiago, por cuanto se ajusta a derecho.
No obstante, cumple con hacer presente que de los antecedentes analizados, se advierte que los plazos de “Respuesta de Consultas y/o Aclaraciones” y de “Cierre de Recepción de Ofertas”, se ampliaron mediante una resolución exenta, lo cual no ha resultado procedente, ya que al tratarse de modificaciones a las bases respectivas, dichas alteraciones debieron ser aprobadas por medio de un acto administrativo afecto al control preventivo de juridicidad, por expresa disposición del artículo 9°, N° 9.5, de la resolución N° 1.600, de 2008, de esta Contraloría General, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón (aplica criterio contenido en el dictamen N° 53.989, de 2011).
Con el alcance que antecede, se ha tomado razón de la resolución de la suma.
Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República