Cursa con alcance la resolución N° 255, de 2016, de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud
- Fecha
- 24 de noviembre de 2016
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- dto 250/2004 SALUD art/71
- Descriptores
- facultades cgr, toma de razón, compras públicas, garantías
- Cita
- Dictamen N° 85.126 de 2016
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 12.145 de 2016
- Aplica Dictamen N° 34.189 de 2015
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 85.126 Fecha: 24-XI-2016 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, mediante el cual se autoriza la renovación y aprueba el contrato para la provisión del medicamento que se menciona, por cuanto se ajusta a derecho.
No obstante, cumple con hacer presente que de los antecedentes tenidos a la vista aparece que las garantías de fiel y oportuno cumplimiento de ese contrato, aludidas en la cláusula duodécima del mismo, fueron otorgadas con posterioridad a la fecha de suscripción de dicho acuerdo de voluntades.
Al respecto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 71 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, es necesario que en lo sucesivo esa entidad requiera esa caución a más tardar en la fecha de firma del convenio (aplica criterio contenido en los dictámenes N°s. 34.189, de 2015, y 12.145, de 2016).
Con el alcance que antecede, se ha tomado razón de la resolución del epígrafe.
Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República