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Derecho público chileno

DictamenN° 851 de 20117 ene 2011

Sobre solicitud de la Municipalidad de Colina para iniciar un juicio de cuentas en contra de ex funcionario

Fecha
7 de enero de 2011
Materia
Procedimiento administrativo y actos administrativos
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 10336 art/96
Descriptores
mun, juicio de cuentas, ex funcionario, plazo
Cita
Dictamen N° 851 de 2011

Relaciones

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Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 851 Fecha: 07-I-2011 En cumplimiento de lo indicado por esta Contraloría General en el oficio N° 44.553, de 2010, la Municipalidad de Colina ha remitido, mediante el oficio N° 430, de igual año, los antecedentes necesarios para iniciar un juicio de cuentas en contra del señor nombre reservado, ex funcionario de esa Entidad Edilicia.

Sobre el particular, cumple manifestar que si bien se ha adjuntado la documentación requerida, el plazo para iniciar la tramitación del correspondiente juicio de cuentas se encuentra caducado, toda vez que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 de la ley N° 10.336, sobre Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República, y lo señalado por la jurisprudencia administrativa contenida, entre otros, en los dictámenes N°s. 974, de 2005, y 58.852, de 2008, el reparo pertinente debe realizarse dentro del plazo de un año, contado desde la notificación al afectado de la total tramitación del instrumento sancionatorio -en la especie, el decreto alcaldicio N° 23, de 2009-, lo que de acuerdo con los antecedentes acompañados en esta oportunidad, se verificó con fecha 10 de julio de 2009. Sin perjuicio de lo anterior, cumple manifestar que la Municipalidad de Colina deberá ejercer en contra del citado ex servidor las acciones civiles pertinentes ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, para los fines de resarcirse del perjuicio pecuniario correspondiente (aplica criterio contenido en el dictamen N° 58.852, de 2008, de esta Entidad Fiscalizadora). En consecuencia, atendidas las consideraciones antes anotadas, se restituyen los antecedentes adjuntos.

nombre reservado

Contralor General de la República