Exoneración de responsabilidad civil por daños a vehículo fiscal en Carabineros de Chile
- Fecha
- 26 de octubre de 2015
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 10336 art/62
- Descriptores
- Contraloría General de la República, facultades CGR, exoneraciones de responsabilidad civil
- Cita
- Dictamen N° 84.823 de 2015
Resumen
Se requiere agregar copia de la sentencia del Juzgado de Policía Local para resolver la solicitud de exoneración, pues el accidente fue conocido por ese tribunal.
Sumario de la Contraloría
Sobre exoneración de responsabilidad civil
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 3.936 de 2016
- Aplica Dictamen N° 97.386 de 2015
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 40.242 de 2014
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 84.823 Fecha: 26-X-2015 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-4724, conducido por su funcionario, señor nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil.
Al respecto, cabe anotar que del examen de la documentación adjunta, aparece que el día 17 de mayo de 2014, ese servidor circulaba en el referido vehículo por la calle Santa Rita, con una falla en el sistema de frenos y, además, a una velocidad considerada no razonable ni prudente, por lo que al intentar efectuar un viraje hacia la izquierda para ingresar a la calle nombre reservado, en la comuna de La Reina, y pese a que intentó frenar, continuó su desplazamiento, chocando con un muro, lo que la Subprefectura de Investigación de Accidentes en el Tránsito, en su oficio N° 131, de la misma anualidad, estableció como causa del accidente, efectuándose la denuncia ante el Juzgado de Policía Local de la mencionada comuna.
Los perjuicios producidos al patrimonio fiscal, según el certificado N° 405, de 2014, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $2.520.000, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio.
Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.
De esta manera, en atención a que en la documentación analizada, aparece que el aludido accidente fue conocido por el reseñado juzgado, el que habría dictado sentencia, corresponde que Carabineros de Chile adopte las medidas tendientes a agregar al expediente copia de tal fallo, diligencia que, en opinión de esta Entidad Fiscalizadora, es necesaria para resolver acerca de la presente solicitud, según se manifestó, para una situación similar, en el dictamen N° 40.242, de 2014, de esta procedencia.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República Subrogante