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Derecho público chileno

DictamenN° 84.452 de 201622 nov 2016

Cursa con alcance la resolución N° 276, de 2016, de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud

Fecha
22 de noviembre de 2016
Materia
Toma de razón y control de legalidad
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
Dto 250/2004 Hacie art/71
Descriptores
Facultades CGR, toma de razón, contratos de suministro
Cita
Dictamen N° 84.452 de 2016

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 84.452 Fecha: 22-XI-2016 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, mediante el cual se aprueba el contrato suscrito vía trato directo para la provisión del medicamento que se menciona, por cuanto se ajusta a derecho.

No obstante, cumple con hacer presente que de los antecedentes tenidos a la vista aparece que la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de ese contrato, aludida en la cláusula décimo séptima del mismo, fue otorgada con posterioridad a la fecha de suscripción de dicho acuerdo de voluntades.

Al respecto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 71 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, es necesario que en lo sucesivo esa entidad requiera esa caución a más tardar en la fecha de firma del convenio (aplica criterio contenido en los dictámenes N°s. 34.189, de 2015, y 12.145, de 2016).

Con el alcance que antecede, se ha tomado razón de la resolución del epígrafe.

Saluda atentamente a Ud., nombre reservado

Contralor General de la República