Bases de licitación pública del Hospital Barros Luco Trudeau sin tope de multas
- Fecha
- 15 de octubre de 2015
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- Dto 250/2004 hacie art/79 ter, dto 250/2004 hacie art/62
- Descriptores
- contratos administrativos, contratos, contratos de suministros
- Cita
- Dictamen N° 82.192 de 2015
Resumen
Contraloría representa las resoluciones que aprobaban las bases, por no fijar un tope máximo de multas, regular la indisponibilidad técnica apartándose del reglamento y usar el concepto ítem en vez de subítem.
Sumario de la Contraloría
Representa las resoluciones N°s 4.797 y 4.798, ambas de 2015, del Hospital Barros Luco Trudeau
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 40.866 de 2016
- Aplica Dictamen N° 35.248 de 2016
- Aplica Dictamen N° 101.860 de 2015
- Aplica Dictamen N° 90.268 de 2015
- Aplica Dictamen N° 89.796 de 2015
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 82.192 Fecha: 15-X-2015 Esta Contraloría General no ha dado curso a los actos del rubro, que aprueban las bases administrativas, técnicas y anexos que regirán la licitación pública a convocar para el suministro de los productos que se indican en cada caso, por cuanto no se ajustan a derecho.
En efecto, ellos no indican un tope máximo para la aplicación de multas, lo que vulnera lo dispuesto en el artículo 79 ter del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, modificado por el decreto N° 1.410, de 2014, de la misma Secretaría de Estado.
Por otra parte, el N° 7.2, párrafos cuarto y quinto, de los pliegos administrativos de condiciones no se ajusta al artículo 62 del citado reglamento, pues para el caso de indisponibilidad técnica contempla plazos e instancias distintos a los previstos en el mencionado precepto.
Por último, se debe observar que en los N°s. 4.3 y 7.3.2, letra b), de la resolución N° 4.797 se utiliza el concepto “ítem” en circunstancias que corresponde a subítem, y que en la tabla contenida en la letra e) del aludido N° 7.3.2 se advierten intervalos de tiempo que impiden determinar el puntaje que se asignara a quienes oferten un plazo de entrega que coincida con ellos.
En consecuencia, se representan los actos administrativos señalados.
Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República Subrogante