No procede resolver solicitud de facilidades de pago deducida por personal contratado a honorarios
- Fecha
- 27 de diciembre de 2011
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 10336 art/67
- Descriptores
- contrato a honorarios, devolución de sumas adeudadas, facilidades de pago
- Cita
- Dictamen N° 80.745 de 2011
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 43.591 de 2011
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 80.745 Fecha: 27-XII-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General don nombre reservado, RUT N° RUT reservado, ex funcionario, de la Subsecretaría de Transportes, actualmente contratado a honorarios en dicha repartición, a fin de solicitar facilidades de pago para el reintegro de la suma de $ 1.005.808, que adeuda, por haber percibido indebidamente sus emolumentos, entre septiembre de 2009 y abril de 2010.
Al respecto, este Organismo de Control cumple con manifestar, en armonía con lo establecido en el oficio N° 43.591, de 2011, cuya fotocopia se acompaña, que en la especie no es posible acoger la solicitud de facilidades de pago formulada, ya que las personas contratadas sobre la base de honorarios no tienen la calidad de funcionarios públicos, requisito indispensable para la aplicación de la facultad de condonación o de otorgamiento de facilidades de pago, prevista en el artículo 67 de la ley N° 10.336.
Por lo tanto, la Subsecretaría de Transportes, deberá adoptar las medidas pertinentes para el cobro de la suma adeudada, por concepto de honorarios mal percibidos, y obtener su restitución, por las vías que procedan.
nombre reservado
Contralor General de la República