Representa la resolución N° 70, de 2018, de la Dirección de Vialidad
- Fecha
- 22 de marzo de 2018
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- DTO 75/2004 moopp art/4 num/22
- Descriptores
- Facultades CGR, toma de razón, abstención, obras públicas, construcción puente
- Cita
- Dictamen N° 7.968 de 2018
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 17.542 de 2018
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 7.968 Fecha: 22-III-2018 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al documento del rubro, que adjudica la licitación pública para la obra “Construcción Puente Viluco – El Vínculo y Accesos, sector Buin y Paine, tramo ruta G-520, DM 5.800 al DM 7.201, comunas de Buin y Paine, Provincia del Maipo, Región Metropolitana”, por cuanto no es posible determinar que el proyecto se encuentre totalmente afinado de manera tal que permita definir en forma suficiente la obra a ejecutar, en los términos previstos en el artículo 4°, N° 22 del Reglamento para Contratos de Obras Públicas, aprobado por el decreto N° 75 de 2004 del Ministerio de Obras Públicas.
Lo anterior, ya que del análisis del proyecto, en relación al puente a construir, no se evidencia que se ajuste a la resolución exenta N° 2.837, de 2017, de la Dirección de Vialidad, en lo que respecta a los criterios sísmicos para el diseño de puentes en Chile de junio de 2017, particularmente, en cuanto a las condiciones de comportamiento sísmico en tableros esviados, existencia de elemento de prevención de pérdida de apoyo longitudinal, ancho máximo de topes sísmicos, existencia de travesaños extremos y centrales y de la velocidad de onda de corte.
Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Subjefe División de Infraestructura y Regulación