Representación de resolución de la Dirección de Vialidad que adjudica obra de reposición de puentes
- Fecha
- 22 de marzo de 2018
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- DTO 258/2010 moopp
- Descriptores
- Facultades CGR, toma de razón, abstención, obras públicas, reposición puentes
- Cita
- Dictamen N° 7.967 de 2018
Resumen
La Contraloría se abstiene de dar curso a la resolución porque el adjudicatario no acreditó el título de ingeniero civil estructural exigido y no consta el fundamento del plazo ofertado ni la exigencia sobre criterios sísmicos.
Sumario de la Contraloría
Representa la resolución N° 68, de 2018, de la Dirección de Vialidad
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 12.469 de 2019
- Aplica Dictamen N° 20.332 de 2018
- Aplica Dictamen N° 11.005 de 2018
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 7.967 Fecha: 22-III-2018 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al instrumento del rubro, que adjudica la obra “Reposición puentes Huechún, San Vicente de Macul y Las Parcelas; comunas de Til Til, Pirque e Isla de Maipo; Provincias de Chacabuco, Cordillera y Talagante, Región Metropolitana”, regida por las “Bases administrativas para contratos de obras públicas de construcción y reposición total y reposición parcial de puentes, pasarelas y sus accesos, incluyendo su diseño definitivo", aprobadas por el decreto Nº 258, de 2010, del Ministerio de Obras Públicas.
Lo anterior, por cuanto no se aprecia que el adjudicatario haya acreditado el título de ingeniero civil estructural, acorde a la exigencia establecida para el cargo especialista estructural en las bases generales y especiales aplicables en la especie.
Adicionalmente, no consta el fundamento técnico conforme al cual la Dirección de Vialidad acepta el plazo de 360 días ofertado por el adjudicatario como plazo máximo para la ejecución del contrato, si se tiene presente el plazo de 645 días establecido al efecto en el punto 8 del respectivo anexo complementario.
Por último, no se explicita la exigencia relativa a dar cumplimiento a la resolución exenta N° 2.837, de junio, de 2017, de la Dirección de Vialidad, que fija nuevos criterios sísmicos para el diseño de puentes en Chile.
Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Subjefe División de Infraestructura y Regulación