Revisión de evaluación calificatoria de exfuncionario de Carabineros: plazo fatal de un año
- Fecha
- 28 de octubre de 2016
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- dfl 2/68 Inter art/32, ley 11595 art/36
- Descriptores
- Estatutos, Estatuto de Carabineros de Chile, calificaciones
- Cita
- Dictamen N° 79.524 de 2016
Resumen
Se rechaza la solicitud por extemporánea, pues el plazo fatal de un año desde el retiro para pedir la revisión de la evaluación ya estaba vencido al momento de la presentación.
Sumario de la Contraloría
Exfuncionario de Carabineros de Chile posee plazo fatal de un año para solicitar revisión de su evaluación
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 14.878 de 2016
- Aplica Dictamen N° 45.015 de 2012
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 79.524 Fecha: 28-X-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, abogado, en representación de don nombre reservado, exfuncionario de Carabineros de Chile, para solicitar, según entiende esta Entidad Fiscalizadora, que se estudie nuevamente la legalidad del proceso calificatorio de su mandante correspondiente al año 2011, en el cual fue incluido en Lista N°4, de Eliminación.
Sobre el particular, cabe manifestar, de conformidad con lo previsto en el artículo 32 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de esa entidad policial, en relación con el artículo 36 de la ley N° 11.595, que los empleados ubicados en esa nómina pueden solicitar que se revise su evaluación siempre que interpongan el recurso que les franquea este último texto legal, ante este Organismo Fiscalizador, dentro del plazo fatal de un año desde el retiro, lo que no se cumple en la especie.
En efecto, en los antecedentes existentes en esta Entidad de Control, aparece que el señor nombre reservado fue llamado a retiro a contar del 1 de agosto de 2011, por haber sido incorporado en la Lista N° 4, de Eliminación -y no por haber presentado licencias médicas prolongadas, como se afirma-, reclamando de ello el día 30 de noviembre de 2011, presentación que fue rechazada por el dictamen N° 45.015, de 2012.
Pues bien, en esta oportunidad, con fecha 12 de septiembre de 2016, esto es, vencido el anotado término de un año, se solicita nuevamente el examen de la aludida calificación, requerimiento que es extemporáneo, por lo que se rechaza su pretensión, conforme se manifestó, para un caso análogo, en el dictamen N° 14.878, de 2016, de este origen.
Saluda atentamente a Ud.
Por orden del Contralor General Víctor Hugo Merino Rojas Jefe División de Personal de la Administración del Estado