Representa res 166/2012, del Serviu Metropolitano, que aprueba la liquidación del contrato que indica, por cuanto no se acompañan la totalidad de las evaluaciones de…
- Fecha
- 27 de noviembre de 2012
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Descriptores
- Serviu, liquidación contrato, evaluaciones controles, especificaciones técnicas
- Cita
- Dictamen N° 73.902 de 2012
Sumario
Representa res 166/2012, del Serviu Metropolitano, que aprueba la liquidación del contrato que indica, por cuanto no se acompañan la totalidad de las evaluaciones de los controles exigidos en las especificaciones técnicas, entre otras razones
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 38.321 de 2015
- Aplica Dictamen N° 84.161 de 2013
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 73.902 Fecha: 27-XI-2012 La Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 166, de 2012, del Serviu Metropolitano, que aprueba la liquidación del contrato “Construcción Corredor de Transporte Público Avda. Dorsal”, comunas de Conchalí e Independencia, por cuanto no se acompañan la totalidad de las evaluaciones de los controles de calidad exigidos en las especificaciones técnicas.
Por otra parte, se advierte de los informes técnicos de las resoluciones exentas N os 9.761, de 2009; 1.788, 2.387 y 5.585, de 2010, de ese servicio, que se ejecutaron obras con el carácter de extraordinarias como iluminación Plaza de la Mujer y Anfiteatro, Baldosas Plaza Anfiteatro, Montaje de Brazos y Luminarias retiro y reinstalación de Postes Alumbrado para Plaza Cívica, saldo reinstalación postes y luminarias plaza cívica, en circunstancias de que dichas labores se apartan del objeto del contrato y de aquellas encomendadas al SERVIU Metropolitano por la Dirección de Vialidad, en virtud del respectivo convenio mandato. Ello, sin perjuicio que se omitió acompañar las solicitudes a que aluden los informes técnicos mencionados.
Finalmente, no consta que se hayan aplicado las multas establecidas en la letra b) del punto 4 de la resolución N° 195, de 2008, de ese Servicio -que adjudicó el aludido contrato-, por incumplimiento en el avance de obras de acuerdo a la programación financiera, conforme a lo indicado en dicha resolución.
Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación