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Derecho público chileno

DictamenN° 72.727 de 201122 nov 2011

Cursa con alcances la Resolución 134/2011, de la Dirección de Obras Hidráulicas, que aprueba convenio de trato directo para la ejecución de las "Obras de Emergencia…

Fecha
22 de noviembre de 2011
Materia
Contratación pública, licitaciones y compras
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Descriptores
convenio por obra terminada, oportunidad, contratistas inscritos, responsabilidades administrativas, suscripción, transcripciones, protocolización
Cita
Dictamen N° 72.727 de 2011

Sumario

Cursa con alcances la Resolución 134/2011, de la Dirección de Obras Hidráulicas, que aprueba convenio de trato directo para la ejecución de las "Obras de Emergencia Canal Lauca, Km. 21,5 al Km. 25,3"

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 72.727 Fecha: 22-XI-2011 La Contraloría General ha dado curso con alcances a la Resolución N° 134, de 2011, de la Dirección de Obras Hidráulicas, que aprueba convenio de trato directo para la ejecución de las "Obras de Emergencia Canal Lauca, Km. 21,5 al Km. 25,3", atendido que la obra contratada se encuentra terminada. Sin embargo, cumple con manifestar que, en lo sucesivo, esa Dirección deberá sancionar oportunamente los pactos que suscriba, y no como aconteció en esta oportunidad, en que el acto en examen fue emitido el 16 de septiembre de 2011, en circunstancias que el convenio data del 9 de marzo del año en curso.

Por otra parte, se deberán celebrar contratos como el de la especie con contratistas inscritos en los registros del Ministerio de Obras Públicas, lo que no ocurrió en esta ocasión, por lo que esa repartición deberá adoptar las medidas que sean del caso a fin de determinar las eventuales responsabilidades administrativas involucradas.

Finalmente, y en relación a lo dispuesto en el ;resuelvo N° 7 del acto que se examina, cabe señalar que de acuerdo con lo previsto en el artículo 90 del citado reglamento, sólo es menester que se suscriban ante notario tres transcripciones de la resolución y se protocolice una de éstas, tal como se indica en el artículo 18 del aludido convenio.

Con los alcances anotados, se ha tomado razón del documento señalado.

Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación