Se abstiene de emitir pronunciamiento por encontrarse el asunto en conocimiento de los Tribunales de Justicia
- Fecha
- 19 de noviembre de 2012
- Fuentes legales
- Ley 10336 art/6 inc/3
- Descriptores
- Mun, abstención, asunto sometido a Tribunales
- Cita
- Dictamen N° 72.142 de 2012
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 56.718 de 2012
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 72.142 Fecha: 19-XI-2012 Se ha dirigido a esta Entidad de Control el señor nombre reservado, en representación de la empresa TN Inversiones Limitada, para solicitar un pronunciamiento que determine si procede la clausura del establecimiento que indica, por funcionar sin patente comercial, dispuesta por la Municipalidad de Vitacura.
Sobre el particular, cumple señalar que esta Entidad de Fiscalización debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado, por cuanto en virtud de lo dispuesto en el artículo 6°, inciso tercero, de su Ley Orgánica N° 10.336, no le corresponde informar ni intervenir en asuntos sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia, lo que ocurre en la situación planteada en la especie, puesto que sobre la materia se interpuso acción ante el Juzgado de Policía Local de Vitacura, en causa Rol N° 303.021-3, de 2012 (aplica dictamen N° 56.718, de 2012, de este origen).
nombre reservado
Contralor General de la República