Cursa con alcances resolución 218/2010, de la Dirección General de Obras Públicas, que aprueba reprogramación y aumento de recursos del contrato denominado "Asesoría a…
- Fecha
- 30 de noviembre de 2010
- Materia
- Obras públicas y concesiones
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- dto 48/94 moopp art/51
- Descriptores
- DGOP, inutilización de páginas, protocolización de resolución
- Cita
- Dictamen N° 71.839 de 2010
Sumario
Cursa con alcances resolución 218/2010, de la Dirección General de Obras Públicas, que aprueba reprogramación y aumento de recursos del contrato denominado "Asesoría a la Inspección Técnica a la Explotación de Obras Aeroportuarias Concesionadas: Zona Centro-Sur"
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 2.853 de 2011
- Aplica Dictamen N° 438 de 2011
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 66.395 de 2010
- Aplica Dictamen N° 44.409 de 2010
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 71.839 Fecha: 30-XI-2010 La Contraloría General ha dado curso a la resolución N° 218, de 2010, de la Dirección General de Obras Públicas, que aprueba reprogramación y aumento de recursos del contrato denominado "Asesoría a la Inspección Técnica a la Explotación de Obras Aeroportuarias Concesionadas: Zona Centro-Sur".
Sin perjuicio de lo anterior, es dable señalar que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 51 del decreto N° 48, de 1994, del Ministerio de Obras Públicas, Reglamento para Contratación de Trabajos de Consultoría, sólo es menester que se protocolice un ejemplar de la resolución, y no el instrumento que aprueba, como se dispone en el resuelvo N° 5 del acto en examen (Aplica dictamen N° 66.395, de 2010).
Asimismo, cumple con consignar que atendido a que la contraparte es una persona natural, no resulta propio que se aluda mella como representante de si misma, según consta en el resuelvo N°1 del documento del epígrafe.
Finalmente, hace presente que el reverso de la página número 11 del instrumento en estudio, no aparece inutilizada con la firma y timbre del ministro de fe respectivo, de acuerdo a la jurisprudencia administrativa de este Ente Fiscalizador, contenida en los dictámenes N°s. 24.230, de 2005 y 44.409, de 2010, entre otros, por lo que, en lo sucesivo, deberán adoptarse las medidas necesarias para que, en situaciones como ésta, se efectúe la inutilización de acuerdo a lo señalado.
Con los alcances que preceden, se ha tomado razón del acto administrativo.
nombre reservado
Contralor General de la República Subrogante