Cursa con alcances la resolución N° 255, de 2014, de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud
- Fecha
- 16 de septiembre de 2014
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- dto 250/2004 hacie art/65 inc/fin, dto 250/2004 hacie art/57 lt/d
- Descriptores
- CENABAST, contrato adquisición
- Cita
- Dictamen N° 71.828 de 2014
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 22.551 de 2014
- Aplica Dictamen N° 11.476 de 2012
- Aplica Dictamen N° 22.188 de 2011
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 71.828 Fecha: 16-IX-2014 Esta Entidad de Control ha dado curso al instrumento del rubro, mediante el cual se aprueba el contrato de adquisición que indica entre la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud y Bristol Myers Squibb de Chile Agencia de E.R. Squibb & Sons Inter – American Corporation, por encontrarse ajustado a derecho, pero cumple con hacer presente que, atendido a lo prescrito en el inciso final del artículo 65 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la ley N° 19.886, en lo sucesivo, las órdenes de compra deberán emitirse de acuerdo a un contrato vigente, esto es, una vez aprobado a través del correspondiente acto administrativo debidamente tramitado, puesto que el licitante sólo a partir de esa época se encuentra en condiciones de expedir tales documentos y no con anterioridad, como se verificó en la especie.
En efecto, según los antecedentes tenidos a la vista, se advierte que ese servicio emitió la orden de compra N° 5599-27-SE14, relativa a la adquisición de los bienes objeto del contrato, y la envió al proveedor con fecha 15 de enero de 2014, encontrándose la misma en estado de aceptada, lo cual contraviene la mencionada disposición (aplica dictámenes N°s. 22.188, de 2011; 11.476, de 2012, y 22.551, de 2014, de este Organismo de Control).
Finalmente, cumple con hacer presente que, en lo sucesivo, ese organismo deberá incorporar en los actos administrativos sobre esta materia el imperativo final “publíquese en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública”, omitido en esta oportunidad, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 57, letra d), del citado decreto N° 250, de 2004.
Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del acto administrativo señalado.
Transcríbase a la Dirección de Compras y Contratación Pública y a la División de Auditoría Administrativa de esta Contraloría General.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República