Cursa con alcance los decretos 38/2012 y 47/2012, ambos del Ministerio de Bienes Nacionales, que aprueban los contratos de venta directa de inmuebles que indica,…
- Fecha
- 14 de noviembre de 2012
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- dfl 458/75 vivie art/129
- Descriptores
- Binac, Serviu, inmuebles, venta directa, obras urbanización
- Cita
- Dictamen N° 70.621 de 2012
Sumario
Cursa con alcance los decretos 38/2012 y 47/2012, ambos del Ministerio de Bienes Nacionales, que aprueban los contratos de venta directa de inmuebles que indica, celebrados entre el Fisco de Chile y el Serviu de la Región de Antofagasta, haciendo presente que, en lo sucesivo, deberá darse cumplimiento a lo indicado por esta Contraloría General, en cuanto a que para la transferencia de inmuebles de ese Ministerio, no es procedente que el Serviu garantice obras de urbanización que son de cargo del primero
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 30.842 de 2012
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 70.621 Fecha: 14-XI-2012 Esta Contraloría General ha dado curso a los decretos N°s 38 y 47, de 2012, ambos del Ministerio de Bienes Nacionales, que aprueban, respectivamente, los contratos de venta directa de los inmuebles que indican, celebrados entre el Fisco de Chile y el Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Antofagasta (SERVIU) -el primero de los cuales fue representado por este Órgano de Fiscalización mediante su oficio N° 30.842, de 2012-, en atención a que de los antecedentes proporcionados por ese Ministerio, y de las circunstancias particulares de dichos contratos, entiende que tales actos administrativos constituyen una regularización de las actuaciones realizadas.
Lo anterior, sin perjuicio de que, en lo sucesivo, deberá darse estricto cumplimiento a lo indicado por esta Sede de Control en el mencionado oficio, en orden a que, para efectos de la transferencia de inmuebles pertenecientes a ese Ministerio, no resulta procedente que el SERVIU garantice obras de urbanización que son de cargo de la antedicha Secretaría de Estado mediante cartas de resguardo otorgadas conforme al artículo 129 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, aprobada por el decreto con fuerza de ley N° 458, de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
nombre reservado
Contralor General de la República