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Derecho público chileno

DictamenN° 70.429 de 201627 sep 2016

Cursa con alcance la resolución N° 10, de 2016, de la Jefatura de Logística de la Policía de Investigaciones de Chile

Fecha
27 de septiembre de 2016
Materia
Toma de razón y control de legalidad
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 20393 artículo primero art/8, ley 20393 artículo primero art/10, ley 19886 art/4 inc/1
Descriptores
Facultades CGR, toma de razón, contratos administrativos, contratos de suministros
Cita
Dictamen N° 70.429 de 2016

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 70.429 Fecha: 27-IX-2016 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del epígrafe, por medio del cual se aprueba el contrato de suministro de insumos que indica, suscrito mediante trato directo con la empresa que se individualiza, por encontrarse ajustado a derecho, pero cumple con hacer presente que esa repartición pública deberá exigir que se acredite por el proveedor que no ha incurrido en las inhabilidades para celebrar actos y contratos con los organismos del Estado, a que se refieren los artículos 8° y 10 de la ley sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.393, y el artículo 4°, inciso primero, de la ley N° 19.886 (aplica dictamen N° 40.867, de 2016). Con el alcance que antecede, se ha tomado razón de la resolución del epígrafe.

Saluda atentamente a Ud., nombre reservado

Contralor General de la República