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Derecho público chileno

DictamenN° 7.026 de 201627 ene 2016

Designación a contrata cesó por el vencimiento del plazo establecido para su duración. Corresponde a la Superioridad decidir acerca de su prórroga

Fecha
27 de enero de 2016
Materia
Contratación de personal (contrata, honorarios, planta)
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 18834 art/153
Descriptores
SENAME, personal a contrata, designación, prórroga
Cita
Dictamen N° 7.026 de 2016

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 7.026 Fecha: 27-I-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General don nombre reservado, exfuncionario del Servicio Nacional de Menores, solicitando un pronunciamiento acerca de la legalidad de la determinación adoptada por ese organismo, de no renovar su contrata. Expresa el peticionario que dicha medida obedecería a una mala evaluación que se realizó de su desempeño.

Requerida al efecto, la aludida entidad expuso, en síntesis, que la facultad de prorrogar una designación le compete a ella, por lo que en uso de esa atribución, optó por no extender la relación estatutaria con el recurrente, añadiendo que para adoptar esa decisión se tomó en cuenta su cometido, el que fue calificado como deficiente.

En primer término, cabe indicar que en los registros de esta Institución de Control, se ha podido verificar que el citado exservidor mantuvo un vínculo jurídico en la referida condición desde el 6 de julio de 2015 hasta el 5 de octubre de ese mismo año.

Precisado lo anterior, es menester mencionar que en armonía con lo previsto en el artículo 153 de la ley N° 18.834 y lo declarado en el dictamen N° 42.219, de 2013, de este origen, el cumplimiento del plazo establecido en la contrata de un empleado produce su inmediato cese, sin que para ello sea necesaria una manifestación expresa de voluntad por parte de la autoridad, en orden a señalar su decisión de no prorrogarla.

Por otro lado, y en lo que dice relación con los motivos que originaron la no renovación de la contrata, es oportuno recordar que en concordancia con lo informado en el dictamen N° 69.846, de 2012, de este Ente Contralor, compete a la superioridad determinar la procedencia de la prórroga de una designación de esa naturaleza, sin que corresponda a este Organismo Fiscalizador ponderar las razones que aquella tuvo en consideración para no ejercer esa facultad respecto del interesado.

En consecuencia, se desestima la presentación de don nombre reservado.

Transcríbase al Servicio Nacional de Menores y a la Contraloría Regional de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General General de la República Subrogante