Representa la resolución Nº 196, de 2015, del Serviu Metropolitano
- Fecha
- 1 de septiembre de 2015
- Materia
- Obras públicas y concesiones
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Descriptores
- Contratos administrativos, obras públicas, contratos de obra pública
- Cita
- Dictamen N° 69.718 de 2015
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 5.940 de 2016
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 53.568 de 2015
- Aplica Dictamen N° 77.495 de 2014
- Aplica Dictamen N° 35.515 de 2013
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 69.718 Fecha: 01-IX-2015 La Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al documento del rubro, que deja sin efecto la resolución N° 132, de 2013, de ese servicio -que había sido representada mediante los oficios N os 35.515 y 77.495, de 2013 y 2014, respectivamente-, y aprueba la liquidación de la obra “Programa de Pavimentos Participativos, Llamado 18° Agrupación N° 21”, comunas de Lo Prado y Pudahuel, por cuanto atendido lo señalado por ese servicio en el punto 6 de su oficio N° 4.874, de 2015, deberá previamente adjuntar la programación financiera actualizada en conformidad a las modificaciones del referido contrato, tal como se indicó mediante el oficio N° 53.568, de 2015, de este origen, debiendo acompañar al momento del reingreso de la liquidación de que se trata el informe correspondiente a la situación que se examina, con sus antecedentes.
Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación