Remisión de antecedentes a la Cámara por información no enviada por el SERVIU de Arica y Parinacota
- Fecha
- 28 de julio de 2015
- Fuentes legales
- ley 18918 art/10, ley 18918 art/9
- Descriptores
- Actos administrativos, serviu
- Cita
- Dictamen N° 69.037 de 2015
Resumen
La Contraloría remite los antecedentes a la Cámara de Diputados para que el SERVIU informe lo requerido o explique fundadamente por qué no lo ha hecho, conforme al artículo 10 de la ley N° 18.918.
Sumario de la Contraloría
Sobre oficio Nº 1.331, de 2015, de la Cámara de Diputados
Texto íntegro
N° 69.037 Fecha: 28-VIII-2015 Mediante el documento del rubro, el Primer nombre reservado de Diputados ha remitido un requerimiento de los Diputados Jorge Rathgeb Schifferli y Bernardo Berger Fett, quienes solicitan que esta Contraloría General inicie el procedimiento administrativo contemplado en el artículo 10 de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, en atención a que el Director Regional del Servicio de Vivienda y Urbanización de Anca y Parinacota no habría remitido la información que, acorde con el artículo 9° de dicha ley, se le solicitó mediante el oficio N° 8.325, de 23 de abril de 2015, de ese origen. Al respecto, y atendido lo establecido en el referido artículo 10, se ha estimado procedente enviar a Ud. copia de todos los antecedentes, para que dentro del plazo de 10 días contado desde la notificación de este oficio, remita a la Cámara de Diputados la información requerida si no lo ha hecho con anterioridad, y dé cuenta de ello a esta Contraloría General, o, en el mismo plazo, informe fundadamente a esta Entidad de Control acerca de los motivos por los cuales no ha dado cumplimiento a lo solicitado. Notifíquese por la Contraloría Regional de Arica y Parinacota. Transcríbase a la Cámara de Diputados y al Jefe de Gabinete de la Contralora General (S).
Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República Subrogante