Exoneración de responsabilidad civil por daños a vehículo fiscal de Carabineros
- Fecha
- 28 de agosto de 2015
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 10336 art/62
- Descriptores
- Contraloría General de la República, facultades CGR, exoneraciones de responsabilidad civil
- Cita
- Dictamen N° 68.872 de 2015
Resumen
Se exonera de responsabilidad civil al funcionario, pues no se acreditó fehacientemente que el perjuicio al patrimonio fiscal fuera consecuencia de su actuar imprudente.
Sumario de la Contraloría
Sobre exoneración de responsabilidad civil
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 17.375 de 2015
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 68.872 Fecha : 28-VIII-2015 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-5745, conducido por su funcionario, señor nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil.
Al respecto, cabe señalar que del examen de la documentación adjunta, aparece que el día 13 de diciembre de 2012, ese empleado se desplazaba en el referido vehículo por calle Hernando de Magallanes, y al ingresar a la intersección con la Avenida IV Centenario, en la comuna de Las Condes, colisionó con un carrobomba, sin que el Departamento de Investigación de Accidentes en el Tránsito, en su oficio N° 253, de esa anualidad, pudiese establecer cuál de los participantes accedió al cruce de vías enfrentando luz roja del semáforo, practicándose la denuncia ante la Fiscalía Local de la mencionada comuna, la que determinó archivar provisionalmente la causa que instruía por este hecho.
Los daños producidos al patrimonio fiscal, según el certificado N° 261, de 2015, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $1.900.000, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio.
Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N°s 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.
De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, no se encuentra fehacientemente acreditado que el perjuicio al patrimonio fiscal sea consecuencia de un actuar imprudente del señor nombre reservado, se ha estimado, acorde con lo concluido en el dictamen N° 17.375, de 2015, de esta Entidad Fiscalizadora, procedente exonerarlo de responsabilidad civil por los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-5745.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República Subrogante