Exoneración de responsabilidad civil por daños a vehículo fiscal de Carabineros de Chile
- Fecha
- 4 de marzo de 2015
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 10336 art/62
- Descriptores
- Contraloría General de la República, condonaciones, facilidades, reintegros y exoneraciones de responsabilidad civil
- Cita
- Dictamen N° 17.375 de 2015
Resumen
Se exime de responsabilidad civil al conductor, al no acreditarse que el perjuicio patrimonial fiscal derive de un actuar imprudente, sin perjuicio de su eventual responsabilidad infraccional.
Sumario de la Contraloría
Sobre exoneración de responsabilidad civil
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 68.872 de 2015
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 69.386 de 2014
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 17.375 Fecha: 04-III-2015 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-5324, conducido por su funcionario, señor nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil.
Al respecto, cabe señalar que del examen de la documentación adjunta, aparece que el día 31 de marzo de 2013, ese empleado se desplazaba en el referido vehículo por calle Roma, y al ingresar a la intersección con la Avenida Presidente Frei Montalva, en la comuna de Conchalí, colisionó con un automóvil particular, sin que la Subprefectura de Investigación de Accidentes en el Tránsito, en su oficio N° 59, de 2013, pudiese establecer cuál de los participantes accedió al cruce de vías enfrentando luz roja del semáforo, practicándose la denuncia ante el Juzgado de Policía Local de la mencionada comuna.
Los daños causados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 25, de 2015, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $1.090.000, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio.
Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.
De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, no se encuentra fehacientemente acreditado que el perjuicio al patrimonio fiscal sea consecuencia de un actuar imprudente del señor nombre reservado, y acorde con lo concluido en el dictamen N° 69.386, de 2014, de esta Entidad Fiscalizadora, se ha estimado procedente exonerarlo de responsabilidad civil por los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-5324; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad infraccional que pudiere asistirle al interesado en el hecho descrito.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República