Ir al contenido
BuscadorConstitucional

Derecho público chileno

DictamenN° 67.969 de 201127 oct 2011

Representa la resolución 784/2011, de la Dirección de Vialidad, relativa a convenio modificatorio de estudio de ingeniería, dado que proyecto complementario alternativo…

Fecha
27 de octubre de 2011
Materia
Contratación pública, licitaciones y compras
Fuentes legales
Dto 48/94 moopp art/58
Descriptores
Estudio de ingeniería, modificaciones, proyecto complementario, requisitos
Cita
Dictamen N° 67.969 de 2011

Sumario

Representa la resolución 784/2011, de la Dirección de Vialidad, relativa a convenio modificatorio de estudio de ingeniería, dado que proyecto complementario alternativo de iluminación que se dispone en dicho documento, no cumple los requisitos previstos en el reglamento para la contratación de trabajos de consultoría

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 67.969 Fecha: 27-X-2011 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 784, de 2011, que aprueba convenio modificatorio del estudio de ingeniería "Construcción Puente Cautín en Cajón, IX Región", por cuanto no se advierte que la elaboración del Proyecto Complementario Alternativo de Iluminación cuya ejecución se acuerda, reúna los requisitos previstos en el artículo 58 del Reglamento para la Contratación de Trabajos de Consultoría, aprobado por el decreto N° 48, de 1994, del Ministerio de Obras Públicas, en términos de que se trate de una actividad indispensable para cumplir con los trabajos originalmente contratados, máxime que en el punto 3.8 de los términos de referencia de la consultoría se consideró un proyecto de iluminación.

Por otra parte, se observa que la prórroga que se autoriza en el resuelvo N°3 del acto en examen se otorgó para las correcciones de la etapa 4 de la consultoría, según se estipula en la cláusula primera, letra c), del convenio, sin que se considere un plazo para la ejecución del referido Proyecto Alternativo de Iluminación, ni para el Proyecto Complementario de Seguridad y Operación, que también se incorpora al estudio.

Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación